A partir del siguiente mes se iniciará con el pago del Bono Contra el Hambre de 1.000 bolivianos, que es un beneficio que busca cubrir las necesidades de las familias afectadas en su economía por la pandemia del COVID-19.
Según el Decreto Supremo N° 4392, que reglamenta la Ley N° 1330 que estableció el pago del bono, las personas beneficiarias serán las que residen en el país, tienen 18 años cumplidos hasta el 16 de septiembre de 2020 y que pertenecen a los siguientes grupos:
• Mujeres que actualmente perciben el Bono Juana Azurduy.
• Personas con discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia registradas en el Instituto Boliviano de la Ceguera.
• Personas con discapacidad grave o muy grave registradas en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de las Personas con Discapacidad.
• Beneficiarios del Bono Universal, incluidas las personas que no recibieron ningún tipo de remuneración salarial del sector público o privado a la fecha de promulgación de la Ley N° 1330.
• Y, asegurados independientes en el Sistema Integral de Pensiones.
Además, se estableció que, para el cobro del Bono Contra el Hambre, el beneficiario podrá optar por dos modalidades de pago. Es decir, podrá cobrar en ventanilla de las entidades de intermediación financiera habilitadas para el pago o mediante abono en cuenta.
Para el abono en cuenta, el beneficiario deberá tener una cuenta unipersonal en alguna de las entidades de intermediación financiera y para cobro en ventanilla, debe presentar Cédula de Identidad original o documentos alternativos según Resolución Administrativa N° 184 del SEGIP.
El Bono Contra el Hambre estará disponible para su cobro hasta 90 días calendario posteriores a la fecha del inicio de pago.