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COVID-19: Por incremento en los casos en La Paz, se prohíben fiestas masivas por fin de año.

Las restricciones se aplican por el incremento de contagios en la región. Las alcaldías podrán disponer el bloqueo epidemiológico de barrios y zonas.

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El número de casos de la Covid-19  en  La Paz se eleva  en las últimas dos semanas. Entre el 23 y 24 de diciembre se registraron más de 600  infectados, más de 300 por día. Ayer  reportó  279 positivos.  Ante esta situación, según el Servicio Departamental de Salud (Sedes),  el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) prohibió eventos masivos y celebraciones por Año Nuevo.

“Mantenemos la prohibición de bares, cantinas, discotecas y similares; así como de toda actividad económica cuyo funcionamiento sea restringido por las alcaldías dentro de su jurisdicción. Además, queda prohibida toda actividad masiva y eventos de celebración de Año Nuevo”,  dijo   ayer el director técnico del Sedes de La Paz, Ramiro Narváez.

Esta medida surge  ante el incremento paulatino de casos confirmados por la Covid-19 en la región.  Además,  el COED determinó otras 10  medidas, entre restricciones y acciones para atender los infectados:

1.  Queda prohibida toda actividad masiva y eventos de celebración de Año Nuevo, según el director del Sedes paceño.

2. Las alcaldías, en coordinación con el Sedes,  podrán disponer las medidas necesarias para el bloqueo epidemiológico total o parcial de barrios, zonas, comunidades o distritos  para  precautelar la salud de los habitantes ante una posible segunda ola.

3. La Gobernación deberá generar la normativa para la suspensión de la asistencia de público para eventos deportivos, incluye partidos de fútbol profesional y  actividades deportivas  a nivel de alta competencia. Se suspenderán actividades recreativas y formativas en especial con la  participación de niños.

4. La Gobernación deberá garantizar la operación de los hospitales de tercer nivel en el marco del convenio firmado con el Gobierno en relación a la dotación oportuna de insumos, medicamentos y suministros. Deberá garantizar el  funcionamiento de las UTI.

5. La Alcaldía de La Paz deberá garantizar la operación de la línea 168 para la atención de  sospechosos y la  toma de muestras, entre otras acciones.

6. Las alcaldías del departamento de La Paz  deberán garantizar el funcionamiento del primer y segundo nivel con dotación de insumos, medicamentos y suministros. Los hospitales con  UTI deberán atender a los positivos.

7. Las alcaldías podrán restringir horarios y aforos de las actividades económicas en ambientes cerrados con poca ventilación y estancias largas, además definirán acciones sobre la operación del transporte público y privado en función de los criterios definidos por el sistema de alerta temprana.

8. La Policía deberá coadyuvar en las acciones de control de las medidas a ser adoptadas por las entidades autónomas.

9. Elevar la alerta sanitaria en el departamento de La Paz para los próximos seis meses y de esa manera el sistema de salud podrá  organizar la prestación de servicios. Contará, además, con la adecuada administración de insumos, suministros y medicamentos, además de la contratación de recursos humanos y el establecimiento de  flujos de atención para evitar el colapso.

10. Las alcaldías y la Policía boliviana  deberán fortalecer los controles de las medidas de bioseguridad y establecer sanciones para los ciudadanos que incumplan las acciones de protección.

11. Conformar el Comité Operativo de Emergencias Departamental Interinstitucional (COEDI) con subsectores y entidades territoriales autónomas que  a partir de la evaluación de la pandemia en la primera ola  se reunirán semanalmente.

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