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TCP: Autoridades electas ya no deberán renunciar 3 meses antes de las elecciones para ser candidatos

Esta determinación se da luego de que los diputados opositores Norma Piérola y el diputado Alcides Gallardo presentaran en mayo ante el TCP una acción de inconstitucionalidad abstracta del numeral 3 del artículo 238 de la CPE.

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Magistrados del TCP leen su sentencia. Foto: TCP.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó este martes que las autoridades electas ya no deberán renunciar tres meses antes del día de las elecciones generales para ser candidatos y postular a cargos electivos, tal como establece la Constitución Política del estado (CPE). La decisión fue justificada con el criterio de favorabilidad, el principio y valor de igualdad.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional en cumplimiento de sus funciones, determinó a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0032/2019 de 9 de julio, que se debe dar aplicación preferente del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos sobre el art. 238.3 de la Constitución Política del Estado, siguiendo el criterio de favorabilidad, el principio y valor igualdad y la permisión que hace la misma Ley Fundamental, todo previsto en sus arts. 8.II, 13.IV, 256 y 410.II.”, resalta el documento difundido por el TCP.

Esta determinación se da luego de que la diputada del Partido Demócrata Cristiano (PDC) Norma Piérola y el diputado Alcides Gallardo de Unidad Demócrata (UD) presentaran, a mediados de mayo, ante el TCP una acción de inconstitucionalidad abstracta para que ya no sea obligatorio que las autoridades electas dimitan a sus cargos para candidatear en las elecciones generales del 20 de octubre.

ANF